¿Cómo hago para congelar créditos?

Según el Artículo 22 del Reglamento Estudiantil: Se consideran Congelamiento los saldos adicionales pagados parcial o totalmente de un derecho pecuniario a favor del estudiante, bajo las siguientes circunstancias: Parciales – congelamientos de saldos a favor, por asignaturas no cursadas por falta de quorum o cruce académico, debe radicarse realizar la solicitud por el centro de servicios ECCI https://centrodeservicio.ecci.edu.co/ecci/ en área vicerrectoría administrativa en las fechas estipuladas de acuerdo al calendario académico para su verificación de acuerdo al reglamento estudiantil.
Totales – Aplazamientos académicos con congelamiento de acuerdo al Reglamento Estudiantil en el artículo 23 se autoriza un porcentaje de acuerdo a la fecha de radicación.